Información de la Junta de Gobierno de ATFRIE

Que habiéndose reunido la Junta de Gobierno de ATFRIE con fecha 14 de noviembre de 2018 en Madrid, y entre los asuntos tratados durante la misma se debatió la propuesta del Comité Nacional de Transporte por Carretera de analizar cada organización miembro la situación actual que vive el sector como para llevar a cabo posibles acciones de protesta hacia la Administración, la postura unánime fue la siguiente:

PRIMERA: Nuestras empresas de transporte frigorífico realizan un servicio de carácter público a la sociedad española y europea, ya que somos los garantes de transportar alimentos con todas las garantías sanitarias y de salubridad, logrando igualmente una regularidad de abastecimiento de los puntos de venta de consumo alimenticio.

SEGUNDA: Ante la falta de reconocimiento de nuestra actividad por parte de la Administración, nuestra organización empresarial apoyaría una acción de paro patronal acordada en el seno del CNTC si no se atienden las medidas detalladas a continuación.

TERCERA: Las medidas a las que reivindicamos su aplicación sobre el sector son las siguientes:

  1. Prohibición por ley de la carga y descarga por los conductores profesionales de grandes tonelajes por lotes por encima de las 3’5 Toneladas.
  1. Prohibición por ley del intercambio de palets por los conductores profesionales durante la fase de transporte efectivo.
  1. Regulación por ley de un protocolo de horas de espera máximo a partir de una hora, momento a partir del cual se aplicará una indemnización similar a la que ya existe con la paralización.
  1. Regulación por ley tanto del plazo máximo de plazos de pago a 30 días, como de las sanciones por su incumplimiento.
  1. No introducir en el sector del transporte ni viñetas ni euroviñetas por el uso de la infraestructura viaria, tanto en el conjunto de España como a nivel autonómico o regional.
  1. Regulación por ley de la equiparación en el conjunto nacional de las condiciones laborales a través de un convenio colectivo único de sector por especialidades.
  1. Regular por ley y hacer cumplir la introducción de cláusulas de indexación automáticas de incrementos de precios del combustible.
  1. No introducir en el sector del transporte la modificación de la ley de pesos y dimensiones que implique el transporte efectivo a 44 Toneladas.
  1. Tras una consulta efectuada a la CNMC regulador de esta medida, en caso positivo prohibir por ley de prácticas en el sector de transporte efectivo bajo condiciones económicas abusivamente bajas más allá de los costes mínimos de transporte referenciados en los Observatorios publicados por el Ministerio de Fomento.
  1. Focalizar la inspección sobre posibles actuaciones de transporte efectivo con competencia desleal llevadas a cabo por empresas extranjeras.
  1. Inclusión de España en la denominada Alianza de la Carretera, con el fundamento de minorar los efectos de competencia desleal llevados a cabo por empresas de bajo costo.

CUARTA: La aplicación de estas medidas por parte de la Administración conlleva un plazo para su ejecución, que en todo caso tiene que ser el razonable para regular un sector más justo y equitativo. La inanición por la Administración conllevaría lo descrito anteriormente.

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