La Comunidad Foral de Navarra prohibirá la circulación de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg durante la tarde del 12 de agosto de 2026, coincidiendo con el eclipse total de Sol. La restricción estará vigente entre las 17:00 y las 23:59 horas y afectará a todas las carreteras navarras, con dos excepciones en la AP-68.

La Resolución 2499E/2026, de 1 de julio, establece medidas especiales de regulación del tráfico ante el aumento de desplazamientos previsto con motivo del eclipse total solar del 12 de agosto de 2026. La prohibición afectará a los vehículos o conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías cuya masa máxima autorizada —MMA— o masa máxima de conjunto —MMC— sea superior a 7.500 kg. No podrán circular por las vías públicas de Navarra desde las 17:00 hasta las 23:59 horas de ese día.
Dos tramos de la AP-68 quedan excluidos
La restricción no se aplicará en dos tramos de la autopista AP-68 Bilbao-Zaragoza, por los que los vehículos pesados podrán circular en ambos sentidos:
- Entre los puntos kilométricos 162,56 y 166,85, desde el límite con La Rioja hasta el límite con La Rioja.
- Entre los puntos kilométricos 201,62 y 236,98, desde el límite con La Rioja hasta el límite con Zaragoza.
En el resto de las carreteras de la Comunidad Foral, los vehículos afectados deberán respetar la prohibición durante el horario establecido.
Navarra prevé un aumento significativo del tráfico
La medida responde al incremento de desplazamientos y de circulación de vehículos que se espera durante la jornada del eclipse. Según recoge la resolución, esta concentración podría provocar una saturación de las carreteras y comprometer gravemente la fluidez del tráfico. Las restricciones tienen como objetivo garantizar la seguridad vial y mejorar la circulación en la red viaria de Navarra durante las horas en las que se prevé una mayor afluencia de vehículos. La resolución se ampara en la normativa que permite a las autoridades adoptar medidas especiales cuando existan razones de seguridad, fluidez de la circulación o protección medioambiental.
Exenciones para determinadas mercancías
La prohibición no afectará a los vehículos que transporten las mercancías recogidas en el anexo IV de la Resolución 24E/2025, de 31 de diciembre, por la que se establecieron las medidas especiales de regulación del tráfico para 2026 en Navarra. La resolución publicada no detalla en su texto cuáles son esas mercancías, sino que remite directamente al citado anexo.
El Servicio de Tráfico podrá levantar la restricción
El Servicio de Tráfico podrá permitir excepcionalmente la circulación de los vehículos afectados si las condiciones en las que se desarrolla el tráfico lo aconsejan. En ese supuesto, trasladará las instrucciones correspondientes a los agentes encargados de gestionar la circulación y dará difusión a la decisión adoptada. Los agentes también podrán aplicar otras medidas de regulación en función del estado de las carreteras y de la evolución del tráfico.
Sanciones y posible retirada del vehículo
El incumplimiento de las medidas podrá ser sancionado conforme a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Además, los agentes podrán proceder a la retirada y depósito del vehículo cuando constituya un peligro o provoque graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones. La resolución fue firmada en Pamplona el 1 de julio de 2026 por el director del Servicio de Tráfico, José Javier Boulandier Herrera, y se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 23 de julio.


