El sector del transporte de mercancías por carretera ha dado este verano un paso decisivo hacia la modernización normativa. La Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, introduce cambios de gran relevancia en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, con implicaciones directas para la operativa de los denominados conjuntos euromodulares.
El núcleo de la reforma se centra en la adaptación de la normativa española a la circulación de conjuntos euromodulares, vehículos de grandes dimensiones y capacidad que ya son habituales en buena parte de la logística europea. Estos convoyes, formados por la combinación de diferentes módulos, permiten incrementar la carga transportada en un solo viaje.
Hasta la fecha, la circulación de estos vehículos estaba condicionada a la obtención de una autorización previa de la Dirección General de Tráfico (DGT), un trámite que suponía costes administrativos y ralentizaba la planificación de rutas. La nueva orden elimina esta exigencia para aquellos itinerarios que sean incluidos en la red aprobada por la autoridad competente.
Red de itinerarios publicada en el BOE
La norma establece un mecanismo claro de seguridad jurídica: los itinerarios habilitados serán publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE). De esta forma, tanto transportistas como cargadores y titulares de las infraestructuras podrán conocer con precisión los tramos de carretera en los que estos conjuntos podrán circular sin necesidad de solicitar una autorización específica.
La DGT, responsable de la definición de esta red, ha optado por partir de las rutas ya establecidas para el transporte de mercancías peligrosas, un marco que cuenta con estándares técnicos y de seguridad consolidados. Esta decisión busca aprovechar la experiencia previa y minimizar los riesgos, facilitando al mismo tiempo la incorporación progresiva de los euromodulares a la red viaria.
Más información: Red de itinerarios para euromodulares