Flexibilización de los periodos de descanso – Medidas excepcionales para el transporte tras el apagón eléctrico

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido medidas temporales para facilitar la recuperación del sector del transporte de viajeros y mercancías por carretera, afectado por el apagón eléctrico que tuvo lugar en la Península Ibérica. Estas modificaciones normativas estarán vigentes desde el 28 de abril hasta el 4 de mayo, según la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Contexto de la decisión
La interrupción generalizada del suministro eléctrico generó:

  • Graves congestiones de tráfico en zonas urbanas

  • Problemas de comunicación que dificultaron la coordinación operativa

  • Desabastecimiento de productos y aumento de la demanda de transporte

Adaptaciones regulatorias
Para garantizar el funcionamiento del sector durante este periodo excepcional, se han implementado las siguientes medidas:

  1. Modificaciones en los tiempos de conducción:

    • Límite diario ampliado de 9 a 11 horas

    • Límite semanal aumentado de 56 a 60 horas

    • Límite bisemanal extendido de 90 a 96 horas

    • Conducción ininterrumpida máxima de 4.5 a 5 horas

  2. Flexibilización de los periodos de descanso:

    • Descanso diario reducido de 11 a 9 horas

    • Posibilidad de dos descansos semanales reducidos consecutivos (mínimo 24 horas cada uno)

    • Opción de posponer el inicio del descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas

El Ministerio recalca que estas medidas excepcionales mantienen todos los estándares de seguridad vial mientras permiten la normalización progresiva de los servicios de transporte, afectados tanto por las dificultades de circulación como por los problemas logísticos derivados de la crisis eléctrica.

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