El Supremo no anula la obligatoriedad de circular por la AP-68 a camiones sino las bonificaciones

La sentencia del Tribunal Supremo no anula la obligatoriedad para los camiones de circular por la AP-68, en su tramo riojano, sino que elimina las bonificaciones de las que disfrutaban los transportistas por los desvíos obligatorios.

El Supremo no anula la obligatoriedad de circular por la AP-68 a camiones sino las bonificaciones
El Supremo no anula la obligatoriedad de circular por la AP-68 a camiones sino las bonificaciones

El Comité Nacional del Transporte recurrió en su día, ante el Tribunal Superior de Justicia, la resolución de restricción de Tráfico. Una sentencia que está pendiente de resolverse, con la opción de recurso de casación al Supremo.

La prohibición de circular por la N-232 va a seguir estando, porque no hay ninguna sentencia que la cuestione, mientras que la ayuda económica va a desaparecer en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado.

El argumentario de la sentencia se basa en la «falta de competencia del Gobierno de La Rioja para firmar el convenio de bonificaciones junto al Ministerio de Fomento y la concesionaria de la AP68; la falta de legitimación del gobierno regional para bonificar a transportistas ajenos a la Comunidad Autónoma de La Rioja; la ausencia de soluciones a la congestión del tráfico en la N232, dada la falta de proyectos a corto y medio plazo para el desdoblamiento de esta vía.

También estima la carencia de estudios que justifiquen que los vehículos pesados son los causantes de la siniestralidad de la vía, así como la discriminación que se realiza con los vehículos de 4 o más ejes al desviarlos a una carretera de peaje.

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