Circular nº 01/01-2019 – Reino Unido: Situación actual del BREXIT

Os informamos acerca de la última hora sobre las condiciones que traería el Brexit al transporte español, tal y como nos lo ha comunicado la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento.

Conocida la fecha de votación en el Parlamento británico el próximo martes 15, y que de ahí saldrá un plazo de tres días para que su Gobierno presente un Plan B, ante la finalización de negociación con la Unión Europea existen actualmente dos escenarios a tener en cuenta:

  • CON ACUERDO:

Es el escenario más optimista. Con él, se seguiría transportando como hasta ahora hasta finales del 2020, y durante este plazo de transición ambas partes, Reino Unido y Unión Europea, elaborarían los acuerdos en todos los sectores económicos, incluido el transporte, que regulara las normas de juego para realizar el transporte internacional.

  • SIN ACUERDO:

La UE ha elaborado un Plan de Contingencia vestido de Reglamento, que tiene como objetivo beneficiar a todas las partes. Ha sido fruto de la elaboración por la Comisión, y tendría que pasar el procedimiento de codecisión Consejo-Parlamento para acordarlo, bajo un modelo de tramitación express antes del 29 de marzo, fecha de la desconexión.

El reglamento detalla la forma de poder transportar:

  1. Se otorga un plazo transitorio hasta diciembre de este año para que se realice transporte internacional bilateral Reino Unido – Unión Europea, que permita llevar mercancía desde cualquier país de la UE y regresar con mercancía hacia cualquier país de la UE.

  1. Queda fuera tanto el internacional cruzado como el cabotaje, en ambos sentidos.

Las empresas transportistas de la UE seguirán llevando como título habilitante su licencia comunitaria, mientras que las británicas llevarían una autorización exnovo otorgada por las autoridades británicas, que confirmen que esa empresa está autorizada para realizar transporte público de mercancías por carretera.

Paralelamente, en temas aduaneros también existe un borrador de Reglamento que establece las posibles futuras formalidades aduaneras a la hora de realizar el transporte internacional, como son la emisión de la DUA o el pago de las tasas, entre otras obligaciones.

En el momento en el que el Ministerio nos informe de más novedades sobre las posibilidades de poder atender este mercado, se las haremos llegar por este medio.

Circular 1-01/2019

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