La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha aprobado una flexibilización temporal del Reglamento (CE) 561/2006 a raíz del impacto de la DANA Alice en el tercio este peninsular y Baleares. La borrasca, activa desde el miércoles 8 de octubre, ha provocado cortes de carreteras, restricciones de tráfico y vehículos atrapados, afectando a servicios de viajeros y mercancías en la Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Cataluña e Islas Baleares. Para mitigar sus efectos y asegurar la continuidad de la cadena de suministro, se activan exenciones limitadas y acotadas en el tiempo.
¿A quién se aplican estas exenciones?
Las excepciones se aplican a los conductores que hayan participado en operaciones de transporte de mercancías o de viajeros realizadas dentro de Murcia, Comunidad Valenciana, Cataluña o Baleares y afectadas por la DANA Alice desde el 8 de octubre. No son de carácter general: únicamente alcanzan a servicios directamente impactados por la situación meteorológica y sus consecuencias operativas.
Ventana temporal de aplicación
Las exenciones rigen desde las 00:00 del domingo 12 de octubre hasta las 23:59 del martes 14 de octubre.
Este marco temporal delimita claramente la vigencia de las medidas, ofreciendo un alivio inmediato sin alterar el equilibrio de seguridad vial y protección laboral que inspira la normativa europea.
Qué cambia en los tiempos de conducción y descanso
A continuación, los ajustes excepcionales autorizados sobre el Reglamento (CE) 561/2006:
Conducción (Artículo 6)
- Art. 6.1: límite diario pasa de 9 horas a 11 horas.
- Art. 6.2: límite semanal pasa de 56 horas a 60 horas.
- Art. 6.3: límite bisemanal pasa de 90 horas a 96 horas.
Descanso (Artículo 8)
- Art. 8.1: descanso diario mínimo se reduce de 11 horas a 9 horas.
Estas adaptaciones son temporales y proporcionadas, centradas en facilitar el retorno a la normalidad en rutas alteradas por inundaciones, cortes y desvíos.
Claves operativas para las empresas y conductores
- Documentación: se recomienda anotar en el tacógrafo o parte de trabajo que la ampliación de jornada/ajuste de descanso obedece a la DANA Alice, especificando ruta y fechas.
- Planificación: revisar itinerarios por posibles carreteras cortadas o con restricciones, priorizando corredores alternativos y ventanas de servicio esenciales (abastecimiento, sanitarios, logística crítica).
- Seguridad: pese a la flexibilidad, no se relaja la obligación de conducir en condiciones seguras. La fatiga sigue siendo un riesgo: gestionar relevos, pausas y turnos es imprescindible.
- Coordinación: comunicar con clientes y cargadores cambios de horario y tiempos de tránsito, ajustando ventanas de carga/descarga.
Por qué importa: continuidad y seguridad
Mantener el flujo de mercancías y viajeros en episodios meteorológicos severos es estratégico para el suministro y la economía regional. Con estas excepciones, Transportes equilibra operatividad y seguridad, al ofrecer márgenes adicionales de conducción y descanso ajustado sin desnaturalizar los principios del Reglamento 561/2006. El objetivo no es alargar jornadas indiscriminadamente, sino absorber demoras, desvíos obligados y atascos generados por la DANA.