El Gobierno ha aprobado finalmente la modificación que permite aumentar la carga máxima autorizada de los vehículos pesados de 40 a 44 toneladas, un cambio largamente esperado por el sector y que ya ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La norma entrará en vigor mañana, tras más de dos años de retraso respecto al plazo inicialmente previsto para su implementación.
Esta reforma había quedado encallada en el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en la Dirección General de Tráfico (DGT) durante dos legislaturas, pese a formar parte de los compromisos adquiridos con la Unión Europea a cambio de los fondos de recuperación.
Uno de los aspectos más relevantes del decreto es que simplifica el uso de los conjuntos euromodulares, incluyendo los duotrailers. A partir de ahora, ya no será necesaria una autorización específica para su circulación. En su lugar, estos vehículos deberán ajustarse a los requisitos de tráfico establecidos por la DGT y respetar las restricciones que imponga la Jefatura Central.
Asimismo, la actualización del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos introduce un cambio importante en la altura máxima permitida, que se amplía hasta los 4,5 metros. Esta modificación se aplicará únicamente a ciertos tipos de transporte, como los graneles, los animales vivos o el suministro a industrias ubicadas a menos de 50 kilómetros.
Otro eje clave de la nueva normativa es la implantación progresiva de las 44 toneladas y afecta a vehículos articulados de cinco o más ejes y trenes de carretera formados por un vehículo de motor de tres ejes y un remolque de dos o tres ejes. En todo caso, se mantendrán las condiciones de seguridad: la carga no deberá comprometer la estabilidad del vehículo ni interferir con infraestructuras como puentes, viaductos o instalaciones aéreas.
Toda la información en el BOE-A-2025-15231